A partir del martes 2 de julio, los ciudadanos venezolanos que deseen ingresar a territorio peruano deberán cumplir con nuevas disposiciones migratorias. Según la Resolución de Superintendencia N° 000121-2024-MIGRACIONES, publicada en el diario oficial, El Peruano, los venezolanos deberán presentar un pasaporte vigente por al menos seis meses y una visa otorgada por la Oficina Consular Peruana para efectos de control migratorio.
La medida deja sin efecto la Resolución de Superintendencia Nº 000177-2019-MIGRACIONES, de fecha 12 de junio de 2019, que permitía el ingreso de ciudadanos venezolanos sin la exigencia de pasaporte o con el documento vencido en los casos señalados por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La nueva resolución es aplicable a los venezolanos que ingresen al país tanto para una estadía temporal como para una residencia, incluyendo la residencia humanitaria. En el caso de aquellos venezolanos que ya se encuentren en el país con pasaportes vencidos, se admite «por única vez» la presentación de solicitudes de cambio de calidad migratoria, siempre y cuando su último ingreso al Perú se haya efectuado antes de la vigencia de la resolución y permanezcan en territorio nacional. Además, deberán cumplir con los demás requisitos y condiciones inherentes a cada procedimiento.
La resolución entrará en vigencia cinco días calendario después de su publicación, es decir, el próximo martes 2 de julio. Asimismo, la resolución menciona que Venezuela se retiró de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y se encuentra suspendida en el Mercado Común del Sur (Mercosur). Debido a esto, los ciudadanos venezolanos ya no tienen derecho a transitar sin pasaporte y sin visa de turismo por los territorios comunitarios, incluido Perú.